LOS ESCENARIOS DE LA MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y NEGOCIACIÓN – Georgina Escárcega Becerra

Texto ponencia

Georgina Escárcega Becerra

SEGUNDO CONGRESO INTERNACIONAL DE MULTIDISCIPLINAS Y MEDIACIÓN

LOS ESCENARIOS DE LA MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y NEGOCIACIÓN

Mtra. Georgina Escárcega Becerra

Este es un espacio que me da oportunidad para continuar difundiendo los Medios Adecuados de Solución de Conflictos por una cultura de paz y por ello, estoy agradecida por la invitación para participar en esta segunda obra de las Multidisciplinas y Mediación. Es un privilegio compartir este espacio con tantas personas conocedoras y expertas en los Masc.

Nuestra aportación surge de la práctica de los medios adecuados de solución de conflictos, la pregunta es ¿hacemos negociación, mediamos o conciliamos al realizar nuestro trabajo como facilitadores?

Esperando que quienes nos lean, encuentren utilidad en este planteamiento; de tal forma que por cuestión de método haremos referencia a diversas acepciones de algunos medios alternativos que son el eje principal de ésta aportación, siendo éstos la mediación, conciliación y negociación. La idea no sólo es el alcance teórico de los conceptos, más bien, es una reflexión basada en la práctica de los medios anteriormente mencionados, su desarrollo, diferencias y la hipótesis que sustento de acuerdo a mi experiencia como facilitadora en el Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Puebla, en donde actualmente tengo el privilegio de colaborar.

1.- Acepciones de mediación

1.1.- ¿Qué es la mediación según la RAE? Hecho de mediar o intervenir.

1.2.- Mediación según Wikipedia
La mediación es un método adecuado de resolver conflictos, que tiene como finalidad intrínseca llegar a la solución integral de un conflicto entre partes, evitando de este modo llegar a la instancia judicial. Recientemente se ha preferido el término “método adecuado” en lugar de “alternativo”, puesto que la mediación no es, ni puede ser, excluyente de la posibilidad de acceso a la vía judicial como derecho humano fundamental.

1.3.- Mediación (Anon., 2024)
Procedimiento voluntario mediante el cual las partes acuerdan resolver una controversia o conflicto en forma parcial o total, de manera pacífica, o prevenir uno futuro, con la asistencia de una persona tercera imparcial denominada persona facilitadora. Se entenderá co-mediación cuando participen dos o más personas facilitadoras.

2.- Conciliación

2.1.- Definición RAE
Poner de acuerdo a dos o más personas o cosas. Sinónimos: armonizar, concordar, concertar, pacificar, arreglar, ajustar, atraer, reconciliar, mediar, coordinar, acomodar, terciar, arbitrar, unir.

2.2.- Código de Procedimientos Civiles y Familiares del Estado de Puebla
La conciliación pretende solucionar un conflicto por voluntad de las partes, poniendo fin. En ella se observan las disposiciones de este Código que regulan el juicio.

2.3.- Conciliación (Anon., 2024)
Procedimiento voluntario por el cual las partes involucradas en una controversia o conflicto acuerdan resolver en forma parcial o total, de manera pacífica, o prevenir uno futuro, con la asistencia y participación activa de una persona facilitadora.

3.- Negociación

3.1.- Definición RAE
Tratar y comerciar, comprando y vendiendo o cambiando mercancías o valores para aumentar el caudal. Sinónimos: comerciar, operar, mercadear, traficar, especular, comprar, vender.

3.2.- Negociación colaborativa (definición práctica)
Proceso por el cual las partes buscan la solución pacífica y equitativa de su conflicto, con la asesoría de personas abogadas colaborativas, a través del diálogo y, si fuera necesario, el apoyo de terceros.

3.3.- Negociación (Anon., 2024)
Proceso por virtud del cual las partes, por sí mismas o con intermediarios, plantean soluciones a través del diálogo con el fin de resolver una controversia.

3.4.- Negociación colaborativa (Anon., 2024)
Proceso por el cual las partes buscan la solución pacífica y equitativa de su conflicto, con la asesoría de personas abogadas colaborativas.

4.- Ámbito de aplicación

Como puede advertirse, existen diversas acepciones. Hoy en día es vasto el acervo disponible para definir, conocer y aprender sobre los métodos adecuados y los principios fundamentales que los rigen, pero más allá de la teoría, ¿a qué nos enfrentamos en la práctica al ocupar las herramientas que poseemos los facilitadores para ayudar a las partes a gestionar un conflicto?

El papel fundamental está en elegir el método adecuado según el contexto, características del caso y espacios.

Es por ello que hemos elegido un caso para vislumbrar las diferencias de atenderlo con los diversos métodos.

Tratado como negociación

Se dice que negociar requiere audacia. Existen distintas formas de negociar: la blanda y la dura. El negociador blando quiere evitar el conflicto personal y hace concesiones fácilmente, a fin de llegar al acuerdo. Quiere una solución amistosa, pero casi siempre termina explotado.

El negociador duro considera cualquier situación como una lucha de voluntades. Quiere ganar, pero con frecuencia termina lesionando la relación con la otra parte. El método basado en principios, desarrollado en el proyecto Harvard de Negociación, sirve para decidir asuntos basados en circunstancias y no en posiciones rígidas.

Este método sugiere buscar beneficios mutuos. Es duro con las circunstancias y blando con las personas. Enseña a obtener aquello a lo que uno tiene derecho sin dejar de ser honrado. (Fisher, 1998)

Actualmente, derivado de la difusión y aplicación de los Masc, cada día más personas buscan resolver sus conflictos evitando que otro decida por ellas. Consideramos que la negociación es un elemento indispensable en todos los métodos adecuados para resolver conflictos; solo debe adecuarse al contexto.

Cabe mencionar que en México surge la figura del abogado colaborativo, lo cual plantea nuevos retos. Invito a los profesionales del derecho a tomar en cuenta las posibilidades de negociar, escucharse mutuamente y acompañar a las personas hacia acuerdos viables.

Tratado como conciliación

La conciliación es una etapa dentro de un juicio que permite a las partes escucharse y tratar de llegar a acuerdos. Acudir es voluntario. No es para todos: las partes ya están dentro de un procedimiento con roles de actor y demandado, donde puede existir confrontación o resistencia a escucharse.

En mi experiencia, agradecer a las partes por darse la oportunidad de escucharse es fundamental. Cuando inicié, aplicaba técnicas de mediación “puras” y no lograba acuerdos. Las personas estaban enfocadas en el enojo y en ganar al otro. Cuando comprendí que en conciliación sí puedo sugerir alternativas —sin perder los principios rectores— logré acuerdos más duraderos.

Tratado como mediación

En mediación, a diferencia de la conciliación, el facilitador no puede sugerir acuerdos. Es neutral e imparcial. El escenario debe ser cuidado: las partes deben sentirse bienvenidas y seguras; al ser voluntario, pueden retirarse en cualquier momento.

Se debe saludar respetuosamente, permitir que elijan el lugar donde sentarse, observar lenguaje no verbal y preguntar si necesitan apoyo adicional (por ejemplo, si una persona se sentiría más cómoda con facilitador hombre o mujer).

Tras explicar principios y reglas, se pide confirmación: “¿Me expliqué correctamente? ¿Tienen dudas?”. Aunque negociación y conciliación manejan emociones, en mediación éstas suelen aparecer con mayor intensidad.

No existe receta perfecta para trabajar los Masc. Lo que sí puedo afirmar es que los facilitadores tenemos la oportunidad de encender una luz para que las partes encuentren el camino hacia un acuerdo.

Datos de la autora

Originaria de Puebla, México. Abogada con posgrados en derecho civil, familiar y mediación y conciliación. Facilitadora Certificada del Centro de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Puebla. FB: Mediación “El lado Humano del Derecho”.

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